Qué exige realmente el art. 6.1.f)
El interés legítimo permite el tratamiento que un responsable necesita para un interés propio y real, siempre que no prevalezcan los intereses y derechos del interesado. Los reguladores lo interpretan como un test de tres pasos: ¿existe una finalidad legítima, es el tratamiento necesario para alcanzarla y el resultado de la ponderación favorece al responsable?
El test es un ejercicio de documentación, no un mero trámite. Se espera que hayas dejado por escrito tu razonamiento antes de iniciar el tratamiento y que puedas mostrarlo si alguien lo solicita. Esta página es una explicación en lenguaje sencillo, no asesoramiento jurídico: tus propios asesores en protección de datos tienen la última palabra.
Paso 1 — finalidad
La finalidad en este caso son las actividades habituales de ventas y marketing B2B: reconocer qué empresas muestran interés en tu oferta para poder hacer seguimiento de las relevantes y dejar de hacer conjeturas sobre las demás. Se trata de un interés comercial reconocido y es la misma razón por la que existen las ferias profesionales, el marketing basado en cuentas y las llamadas salientes.
Lo que importa para la documentación es la especificidad. «Mejorar el marketing» es demasiado impreciso para someterlo a un test; «identificar las empresas que visitan nuestras páginas de precios y productos para que el equipo de ventas pueda priorizar el seguimiento» es una finalidad que sí puede evaluarse.
Paso 2 — necesidad
La necesidad plantea si el tratamiento es una forma razonable de alcanzar esa finalidad y si existe una alternativa menos intrusiva. La analítica web agregada no puede indicarte qué empresa mostró interés; los formularios solo recopilan datos de la pequeña proporción de visitantes dispuestos a completarlos. La identificación a nivel de empresa es la opción menos intrusiva que sigue respondiendo a la pregunta, porque se limita a la organización.
La necesidad también limita el alcance. Tratar más datos de los necesarios —por ejemplo, identificar a personas o conservar los datos durante mucho más tiempo que tu ciclo de ventas— debilita el argumento de la necesidad, aunque la finalidad sea adecuada.
Paso 3 — ponderación
La ponderación sopesa los derechos y las expectativas razonables del visitante frente a tu interés. Tres características de la identificación a nivel de empresa inclinan la balanza a tu favor: el resultado es una persona jurídica, no una persona física; los datos no se combinan para crear perfiles entre sitios web; y el tratamiento se realiza en la UE, en una infraestructura que puedes revisar antes de comprometerte.
La transparencia y el control completan el planteamiento. lead.box te proporciona un párrafo listo para usar en la política de privacidad con el que informar sobre el tratamiento, y existe una página pública de oposición donde cualquier visitante puede oponerse; además, las empresas pueden solicitar la exclusión a nivel de empresa. Conservamos un test de ponderación documentado y lo compartimos previa solicitud, para que tu propia evaluación no tenga que partir de cero.
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